EE.UU. aprieta el cerco sobre Cuba aunque mantiene los vuelos pero cierran puertas a nuevos viajes
Washington conserva vuelos comerciales y chárter hacia la isla, pero elimina los viajes educativos “pueblo a pueblo” y endurece las reglas para reuniones profesionales. Para los viajeros, el mensaje es claro: volar a Cuba sigue siendo posible, pero bajo controles cada vez más estrictos.
WASHINGTON — Los viajes entre Estados Unidos y Cuba entran en una nueva etapa de restricciones, pero los vuelos comerciales y chárter autorizados no han sido eliminados. Mientras el Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT) continúa procesando y autorizando programas de vuelos públicos hacia la isla, el gobierno estadounidense endureció desde el 30 de septiembre las condiciones para determinadas categorías de viajeros.
El DOT mantiene publicada su lista de vuelos chárter públicos autorizados para 2026, que incluye operaciones con origen en Estados Unidos y destinos cubanos. Entre los programas registrados aparecen vuelos desde Miami y Tampa hacia ciudades como La Habana, Camagüey, Holguín y Santa Clara, entre otras.
Esto significa que la existencia de nuevas restricciones a determinadas actividades de viaje no equivale a una suspensión general de los vuelos entre ambos países.
Cambian las reglas para los viajes educativos
Uno de los principales cambios entró en vigor el 30 de septiembre de 2026, cuando la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro modificó las regulaciones sobre Cuba.
La autorización que permitía los viajes educativos grupales conocidos como “people-to-people” o “pueblo a pueblo” fue eliminada. OFAC establece ahora que las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense no pueden realizar este tipo de viajes educativos grupales bajo esa autorización.
Sin embargo, existe una disposición de transición para determinados viajeros que ya habían iniciado operaciones relacionadas con el viaje antes del 30 de septiembre de 2026, como la compra de un boleto aéreo o la reserva de alojamiento.
Además, continúan permitidas determinadas actividades educativas bajo categorías específicas, particularmente aquellas vinculadas con instituciones académicas estadounidenses acreditadas y programas que cumplan los requisitos establecidos por OFAC.
También se eliminan las autorizaciones generales para reuniones profesionales
Otra modificación importante afecta a empresarios, especialistas y organizaciones profesionales.
Desde el 30 de septiembre, ya no existe la autorización general para asistir u organizar reuniones o conferencias profesionales en Cuba. OFAC señala, no obstante, que pueden existir licencias específicas para determinadas operaciones y establece un período limitado para cerrar actividades previamente autorizadas.
Las personas que se encontraban en Cuba el 30 de septiembre bajo la autorización anterior pueden realizar determinadas transacciones de cierre hasta el 30 de octubre de 2026, siempre que abandonen la isla antes de esa fecha. También existe un mecanismo para cancelar y obtener reembolsos de determinados viajes que habían sido organizados bajo las reglas anteriores.
Los vuelos chárter continúan autorizándose
Mientras Washington endurece las categorías de viajes permitidos, el DOT continúa administrando los expedientes correspondientes a los vuelos chárter públicos.
La documentación oficial del DOT para 2026 incluye, por ejemplo, programas de Cuba Charter Services/Aerocuba y Eastern Air Express desde Miami hacia varios aeropuertos cubanos, así como operaciones de Xael Charters y Eastern Air Express desde Miami y Tampa hacia destinos como Camagüey, La Habana, Holguín y Santa Clara.
Por ello, para los pasajeros que viajan por motivos autorizados —incluidos determinados viajes familiares— la disponibilidad de vuelos continúa dependiendo de las rutas, aerolíneas, operadores chárter y autorizaciones vigentes.
Un escenario de mayores controles
Las nuevas medidas reflejan una separación cada vez más clara entre la autorización de transportar pasajeros y la autorización para realizar determinadas actividades en Cuba.
Es decir, que exista un vuelo autorizado por el DOT no significa automáticamente que cualquier persona pueda utilizarlo para cualquier propósito. Los viajeros sujetos a la jurisdicción estadounidense deben cumplir además con las categorías de viaje y las restricciones financieras establecidas por OFAC.
OFAC también mantiene restricciones relacionadas con transacciones financieras directas o indirectas con determinadas entidades incluidas en la Cuba Restricted List, así como limitaciones relacionadas con determinados alojamientos en la isla.
Para los cubanos residentes en Estados Unidos y sus familias, el resultado es un panorama en el que los vuelos continúan, pero las condiciones bajo las cuales se puede viajar son más estrictas.
Antes de comprar un boleto, reservar alojamiento o contratar un paquete de viaje, los pasajeros deben verificar que el motivo de su viaje corresponda a una categoría autorizada y que las transacciones involucradas cumplan con las regulaciones estadounidenses vigentes.



